
¿Cómo calcular PTU de trabajadores que no laboran todo el año?
Marco legal y procedimiento de individualización
El reparto de la PTU se fundamenta en lo establecido por la Ley Federal del Trabajo, la cual dispone que el 10% de la utilidad fiscal generada por la empresa debe distribuirse entre los trabajadores, conforme a un procedimiento que incluye su individualización con base en dos factores:
- Días efectivamente laborados por cada trabajador.
- Salarios devengados por cada trabajador.
Ambas variables se consideran para dividir la utilidad en dos mitades iguales:
- El primer 50% se reparte en proporción a los días efectivamente laborados.
- El otro 50% se reparte en proporción al salario devengado por cada trabajador en el ejercicio.
Consideraciones para el cómputo de días laborados
Uno de los puntos críticos del procedimiento es determinar qué se entiende por “días efectivamente laborados”. La legislación y criterios administrativos han precisado que deben considerarse como laborados los siguientes días:
- Días trabajados en la empresa.
- Incapacidades por maternidad.
- Incapacidades por riesgos de trabajo.
- Días festivos, séptimos días, vacaciones y permisos contractuales.
- Permisos por comisiones sindicales.
En contraste, no se considerarán como días efectivamente laborados:
- Permisos con o sin goce de sueldo.
- Incapacidades por enfermedad general.
- Ausencias injustificadas.
Implicación proporcional para quienes no laboraron todo el año
El procedimiento descrito permite ajustar, de manera automática, el monto de la PTU que corresponde a los trabajadores que no laboraron el año completo. Al momento de calcular su proporción de días efectivamente trabajados y salarios devengados, en comparación con el total de días y salarios de la plantilla, el sistema mismo genera una distribución proporcional y equitativa.
Por ejemplo, un trabajador que ingresó a la empresa en julio, y por tanto laboró solo seis meses, verá reflejada esta circunstancia tanto en el cómputo de días como en el total de salario percibido, por lo que su participación será proporcional a su aportación efectiva durante el ejercicio fiscal.
Conclusión
El diseño normativo del reparto de la PTU en México ya contempla el principio de proporcionalidad para garantizar equidad entre los trabajadores, independientemente de si laboraron el año completo o solo una parte del mismo. Este enfoque no requiere ajustes adicionales ni interpretaciones extensivas, ya que el cálculo se regula de forma clara y precisa mediante la individualización basada en días trabajados y salarios devengados.
Para conocer más detalles sobre este procedimiento, puede consultarse el artículo “Participación de los Trabajadores en las Utilidades de la Empresa 2024”, publicado el 5 de mayo de 2025 en la sección Artículos.
Fuente: Fiscalia.com